Proponen IVA del 5% para franquicias gastronómicas en Colombia
El Proyecto de Ley 454 de 2026 plantea unificar la tributación gastronómica. La propuesta no modifica todavía las obligaciones vigentes.
Publicado

Las franquicias gastronómicas en Colombia podrían pasar del IVA general del 19% a una tarifa del 5% si prospera el Proyecto de Ley 454 de 2026 Cámara. La iniciativa, radicada ante la Cámara de Representantes y respaldada por gremios gastronómicos, busca unificar el tratamiento tributario de establecimientos que hoy tienen obligaciones diferentes según su modelo de operación.
Un IVA común para distintos modelos de restaurante
Según informó Portafolio el 24 de octubre, el proyecto propone establecer un IVA del 5% para los servicios gastronómicos, con derecho a impuestos descontables. El cambio abarcaría restaurantes, franquicias y establecimientos acogidos al Régimen Simple de Tributación (SIMPLE), bajo un esquema que pretende reducir las diferencias actuales.
El punto de partida es la coexistencia de tres tratamientos. Las franquicias gastronómicas están sujetas al IVA general del 19%, con derecho a descontar impuestos. Los restaurantes independientes pagan el impuesto nacional al consumo del 8%, sin descontables. Por su parte, los contribuyentes del SIMPLE liquidan el impuesto al consumo integrado a la tarifa de ese régimen.
La propuesta no consiste únicamente en reducir una tarifa. También busca que establecimientos que prestan el mismo servicio gastronómico tengan un tratamiento tributario común, pese a las diferencias en su forma de operar. Para quienes pertenecen al SIMPLE, el impuesto propuesto se integraría a la tarifa del régimen.
Qué plantea para la comunidad de franquicias
Para la comunidad de franquicias gastronómicas, el componente central es la combinación de una tarifa del 5% con el mantenimiento del derecho a impuestos descontables. Ambos elementos forman parte del diseño anunciado y deben leerse conjuntamente al evaluar el alcance de la iniciativa.
La comparación con los restaurantes independientes también es relevante: estos pasarían, bajo el esquema propuesto, de un impuesto al consumo sin descontables a un IVA que sí contempla ese derecho. Por tanto, la unificación planteada modifica tanto la tarifa como la estructura del tratamiento tributario.
El objetivo declarado es reducir las diferencias entre negocios que ofrecen servicios equivalentes. Esto sitúa el debate en las reglas aplicables a cada modelo de operación, no solamente en el porcentaje que aparece asociado a cada impuesto.
La exposición de motivos señala que la actividad gastronómica representa el 3,9% del Producto Interno Bruto colombiano. Esa cifra corresponde a la gastronomía en su conjunto y no a la participación específica de las franquicias.
Formalización, inversión y trámites territoriales
El articulado incorpora medidas adicionales al cambio tributario. Entre ellas figura la creación de un Certificado de Inversión Gastronómica, dentro de una propuesta que busca fortalecer la formalización, la inversión y la competitividad empresarial.
También plantea que municipios y distritos implementen una Ventanilla Única Territorial Gastronómica. Su función sería centralizar la radicación, el trámite y el seguimiento de los permisos y conceptos necesarios para operar los establecimientos.
Esta medida responde al diagnóstico de una regulación dispersa y de dificultades de cumplimiento descrito en la exposición de motivos. La propuesta reúne así dos frentes: la unificación de las obligaciones tributarias y la centralización territorial de trámites operativos.
Para los negocios gastronómicos, el alcance de la iniciativa va, por ello, más allá del IVA. La ventanilla propuesta introduce un punto de gestión común para procedimientos que forman parte de la operación de los establecimientos, mientras el certificado se incorpora al componente de inversión.
Es un proyecto, no una tarifa vigente
El Proyecto de Ley 454 de 2026 Cámara sigue siendo una iniciativa legislativa. Su radicación no constituye una modificación vigente de las obligaciones tributarias de restaurantes, bares o franquicias. En consecuencia, el 5% debe entenderse como una tarifa propuesta, no como un porcentaje que los establecimientos puedan aplicar desde ahora.
El articulado contempla un periodo de transición para implementar el nuevo esquema. Sin embargo, no se ha detallado públicamente su duración ni las condiciones específicas para cada tipo de negocio en la información divulgada sobre la propuesta.
Clave práctica: los franquiciados y las marcas gastronómicas deben mantener el cumplimiento de sus obligaciones actuales y seguir el trámite legislativo con su asesor tributario antes de modificar la facturación o sus proyecciones fiscales.
Fuentes
- De la Espriella celebra decisión de Grupo Nutresa de adquirir a Presto: «Se salvan 700 empleos, el 100% de los puestos de trabajo»
- Presto tendrá nuevo dueño: Nutresa se queda con la marca y sus restaurantes
- De la Espriella explicó cómo Grupo Nutresa compró Presto luego de ...
- Nutresa adquiere los restaurantes Presto: De la Espriella anuncia...
- Presto será comprado por Nutresa: qué pasará con restaurantes
- Presto tiene nuevo dueño: qué cambiará en la cadena de ...
- Proyecto de ley gastronómico propone IVA del 5% para ...
- Grupo Gilinski comprará Presto a través de Nutresa



