Comprar franquicia en Colombia: cómo verificar la marca
Aprende a comprobar la protección de la marca y la facultad del franquiciante para licenciarla antes de pagar o firmar en Colombia.
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Antes de pagar por ingresar a una comunidad de franquicias, comprueba que quien ofrece la marca puede autorizar su uso en Colombia. Un local atractivo, una matrícula mercantil o un registro extranjero no bastan para demostrarlo. Esta revisión evita comprometer dinero en avisos, adecuaciones y publicidad que después podrían requerir cambios por un conflicto de propiedad industrial.
1. Entiende qué protección estás contratando
Al adquirir una franquicia no compras la propiedad de la marca: recibes una autorización para utilizarla bajo determinadas condiciones. Por eso debes revisar tanto la protección del signo como las facultades de quien concede esa autorización.
En Colombia, el contrato de franquicia es atípico: no existe una ley específica que regule integralmente esta relación ni una obligación general de entregar un documento de divulgación precontractual de franquicia. Se aplican las reglas generales del Código de Comercio y del Código Civil, incluidos los deberes de buena fe, además de las normas especiales pertinentes.
Para las marcas resulta fundamental la Decisión 486 de la Comunidad Andina, que establece el régimen común sobre propiedad industrial. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) administra el registro de marcas en Colombia. La ausencia de una ley específica de franquicias no significa que todo dependa exclusivamente del contrato o que puedan ignorarse normas imperativas.
La guía del Ministerio de Justicia sobre contratos de franquicia recomienda verificar los derechos del franquiciante sobre la marca y otros elementos distintivos antes de contratar.
2. Solicita un expediente y contrástalo con la SIC
Pide la documentación antes de entregar un pago no reembolsable. Como mínimo, solicita:
- Identificación del titular de cada marca que utilizarás.
- Número de expediente o certificado de registro.
- Reproducción del signo protegido: nombre, logotipo o combinación de ambos.
- Productos y servicios amparados por el registro.
- Estado del registro, vigencia y documentación de renovaciones relevantes.
- Información sobre oposiciones, cancelaciones, nulidades o controversias que puedan afectar su uso.
Después, contrasta estos datos en la consulta pública de propiedad industrial de la SIC. No te limites a buscar el nombre comercial: revisa el expediente correspondiente y conserva evidencia fechada de la consulta.
Una solicitud en trámite no equivale a un registro concedido. Si la protección aún está pendiente, pide a un abogado que evalúe el riesgo y negocia qué ocurrirá si la solicitud es negada o exige modificar la identidad comercial.
Comprueba también que los productos o servicios protegidos correspondan al negocio propuesto. Una marca registrada para ciertos productos no cubre automáticamente cualquier actividad. La coincidencia de clase tampoco sustituye el análisis de la descripción concreta y de posibles derechos anteriores.
3. Revisa quién puede concederte la licencia
El titular registral y la empresa que firma la franquicia pueden ser personas distintas. Eso no demuestra por sí solo una irregularidad, pero exige reconstruir la cadena de autorizaciones.
Si firma el titular, verifica su identidad y las facultades de su representante. Si firma una sociedad vinculada, un licenciatario o un franquiciante maestro, solicita el documento que le permita autorizar a terceros. Una licencia para usar la marca no implica necesariamente autorización para sublicenciarla.
En una marca extranjera, exige evidencia de protección con efectos en Colombia. El registro en el país de origen, por sí solo, no demuestra esa protección.
Revisa además que la autorización principal dure lo suficiente para respaldar tu contrato. Pregunta qué sucede si vence, se termina anticipadamente o cambia el titular. Una promesa verbal de continuidad no sustituye una obligación contractual exigible.
4. Lleva los resultados al contrato y al presupuesto
El contrato debe identificar las marcas autorizadas, sus usos permitidos y las obligaciones de ambas partes. Conviene acordar expresamente:
- Quién mantiene los registros y gestiona sus renovaciones.
- Cómo se notifican reclamaciones de terceros y quién coordina la defensa.
- Quién asume los gastos si resulta necesario cambiar avisos, empaques o material publicitario.
- Qué remedios tendrás si no puedes utilizar la marca conforme a lo pactado.
- Cómo se retiran los signos al terminar la relación.
El artículo 162 de la Decisión 486 contempla el registro de las licencias de marca ante la autoridad competente y establece que su falta de registro impide que surtan efectos frente a terceros. Para registrarlas deben constar por escrito. Acuerda con asesoría independiente quién gestionará ese trámite y asumirá su costo; no lo confundas con un registro obligatorio del contrato de franquicia como tal.
No existe una devolución automática del canon por cualquier problema marcario. Negocia las condiciones de reembolso, subsanación o terminación y evita cláusulas que te trasladen indiscriminadamente todos los riesgos.
Conclusión práctica: antes de pagar, reúne tres pruebas: protección de la marca en Colombia, facultad del oferente para licenciarla y un contrato que distribuya claramente las consecuencias de perder su uso. Si falta alguna, resuelve ese punto antes de comprometer la inversión.
Fuentes
- ¿Cómo se elabora un contrato de franquicia?
- [PDF] Resumen Ejecutivo El contrato de franquicia en Colombia opera en ...
- Cómo adquirir una franquicia en Colombia en 2025
- Las claves para comprar una franquicia de forma segura
- Franquicia Colombia: concepto, tipos y ejemplos
- 1
- Cinco claves para comprar una franquicia de forma segura
- Que Aspectos debería Tener en Cuenta antes de Comprar ...

