SIC autoriza sin condiciones la integración de Presto y Nutresa
La SIC aprobó la integración sin condiciones. La falta de liquidez de Presto y la presión competitiva fueron claves en su análisis.
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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) autorizó sin condiciones la integración entre Grupo Nutresa y Franquicias y Concesiones S.A.S., propietaria de Presto. La decisión incorpora un elemento determinante: según la certificación presentada por la liquidadora, la compañía solo tenía recursos para atender sus restaurantes hasta el 31 de octubre de 2026.
Qué autorizó la autoridad de competencia
La decisión corresponde al expediente 26-450449 del 26 de octubre de 2026, según informó Portafolio el 30 de octubre. La SIC resolvió no objetar la operación ni exigir condiciones adicionales, después de evaluar sus posibles efectos sobre la libre competencia y la situación financiera de la empresa en liquidación.
La integración contempla la adquisición indirecta de los activos operativos de Presto por parte de Nutresa, mediante su filial Industria de Restaurantes Casuales S.A.S. (IRCC). El alcance incluye maquinaria, equipos, locales comerciales y la cesión de contratos laborales y de arrendamiento.
De acuerdo con la información publicada por Infobae, la operación comprende 114 puntos de venta, una planta de procesados y centros de producción, con presencia en 29 ciudades. Se trata, por tanto, de una transacción que abarca la estructura operativa vinculada a la cadena, no únicamente su marca.
La autorización constituye un paso distinto de la firma del contrato de compraventa, anunciada el 22 de octubre. La novedad es el pronunciamiento favorable de la autoridad encargada de examinar las consecuencias competitivas de la integración.
La liquidez de Presto cambió el análisis
El antecedente inmediato fue la apertura de la liquidación judicial de Franquicias y Concesiones S.A.S., decretada por la Superintendencia de Sociedades el 13 de octubre de 2026. La medida llegó después del fracaso de su proceso de reorganización, en medio de problemas de caja e incumplimientos de obligaciones.
Para evaluar la adquisición, la SIC no se limitó a comparar las participaciones de las empresas involucradas. También examinó qué habría sucedido con Presto si la operación no se concretaba.
La liquidadora certificó que los recursos disponibles permitían mantener la atención de los restaurantes únicamente hasta el 31 de octubre. Con ese elemento, la autoridad consideró que la cadena habría salido del mercado al finalizar el mes por falta de liquidez.
Ese escenario fue central para la decisión: la desaparición de Presto como competidor independiente habría ocurrido tanto con la integración como sin ella. La adquisición, en cambio, permitiría conservar infraestructura comercial, oferta y puestos de trabajo. Este razonamiento explica por qué la situación financiera redujo las preocupaciones competitivas atribuibles a la transacción.
Los mercados que examinó la SIC
El análisis comprendió cuatro mercados: restaurantes, distribución mayorista de alimentos, helados institucionales y distribución minorista de helados en el canal de catering. Según la información publicada sobre la decisión, la SIC no encontró efectos restrictivos que justificaran imponer condiciones.
En restaurantes, la entidad concluyó que, en la mayoría de las zonas analizadas, el incremento de la participación de Nutresa no suponía un cambio suficientemente significativo para generar alertas de competencia. También encontró presión competitiva suficiente para limitar un eventual ejercicio unilateral de poder de mercado.
La autoridad descartó, además, un aumento significativo de los riesgos de coordinación entre competidores. Tampoco identificó que la integración pudiera cerrar el mercado a otros restaurantes o impedir el ingreso de nuevos participantes.
La resolución se apoyó en los artículos 9 y 10 de la Ley 1340 de 2009, que regulan el control previo de integraciones empresariales en Colombia. Este marco permite a la SIC aprobar, condicionar u objetar las operaciones sometidas a su evaluación.
Una decisión relevante para la comunidad de franquicias
Para la comunidad de franquicias en Colombia, el caso permite distinguir entre el acuerdo comercial de adquisición y su evaluación por la autoridad de competencia. En esta ocasión, la autorización se sustentó tanto en las condiciones de los mercados examinados como en la alternativa de cierre que enfrentaba la compañía.
El resultado tampoco equivale a una garantía general sobre el desempeño futuro de la cadena: el pronunciamiento abordó los efectos de la integración sobre la competencia.
Clave práctica: al evaluar una adquisición o la continuidad de una red, conviene revisar por separado la liquidez disponible, los activos y contratos comprendidos y las autorizaciones aplicables. El caso Presto muestra por qué esos elementos deben leerse conjuntamente.
Fuentes
- Estas son las cadenas de fast food colombianas que tienen más...
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- Grupo Nutresa tiene el ‘visto bueno' para la compra de Presto: la Superintendencia de Industria y Comercio se pronunció
- La SIC dio luz verde a Nutresa para integrar a Presto: estas fueron las razones detrás de la decisión



