Código de Conducta para Franquicias en Venezuela
El Código de Conducta de la QFA para franquiciadores y franquiciados en Venezuela: obligaciones claras, captación honesta y franquicias de buena fe.
La normativa sobre franquicias varía de un país a otro y la afiliación a una asociación de franquicias es voluntaria. Los franquiciadores se unen a la Quality Franchise Association para profundizar en su conocimiento sobre el sistema de franquicias y compartir las mejores prácticas. Todos los miembros aceptan el siguiente código.
¿Qué es una franquicia?
Una franquicia es una forma de comercializar bienes o servicios mediante la colaboración de dos partes financiera y jurídicamente independientes: el franquiciador y el franquiciado. El franquiciador ha creado el negocio, incluyendo su propiedad intelectual, métodos y sistemas, y transfiere ese conocimiento al franquiciado a través de documentación, formación y soporte continuo durante la vigencia del contrato. A cambio, el franquiciado suele pagar un canon de entrada y unas tarifas periódicas por el soporte y el desarrollo de la marca.
Nuestro código para franquiciadores
- 01Tener conocimiento y experiencia suficientes de su negocio antes de crear una red de franquicias.
- 02Disponer de suficiente capital circulante y estabilidad financiera para franquiciar el negocio con éxito.
- 03Poseer, o tener el derecho legal de uso de, la propiedad intelectual, el nombre comercial y la marca.
- 04No incluir nunca declaraciones engañosas en los materiales de captación de franquiciados.
- 05Asegurarse de que cualquier declaración sobre el potencial de ingresos no sea engañosa, explicar cómo se han elaborado las cifras e identificar claramente las suposiciones.
- 06Hacer los mejores esfuerzos para captar únicamente a personas que parezcan idóneas para gestionar la franquicia.
- 07Utilizar un contrato de franquicia que cumpla con la legislación nacional y que establezca claramente las obligaciones iniciales y continuas de ambas partes.
- 08Proporcionar la formación y el soporte establecidos en el contrato de franquicia y en el manual de operaciones.
- 09No discriminar nunca en la prestación de servicios o en la selección de franquiciados, y cumplir con toda la legislación antidiscriminación.
- 10Notificar por escrito al franquiciado cualquier incumplimiento del contrato y conceder un plazo razonable para subsanarlo.
- 11Intentar siempre mediar en una disputa antes de emprender cualquier acción legal.
- 12Actuar de buena fe en todos los tratos con el franquiciado.
Nuestro código para franquiciados
- 01Ser honesto en toda la información revelada al presentar la solicitud de adhesión, incluyendo la situación financiera, la salud y cualquier aspecto que pudiera afectar a la gestión de la franquicia.
- 02Respetar todas las condiciones precontractuales, incluido el derecho del franquiciador a recuperar los costes de información y las cláusulas razonables de no competencia y confidencialidad.
- 03Proporcionar los informes y la información de gestión requeridos por el contrato de franquicia y el manual de operaciones.
- 04Intentar siempre mediar en una disputa antes de emprender cualquier acción legal.
- 05Cumplir con todas las demás obligaciones derivadas del contrato de franquicia y del manual de operaciones.
- 06Respetar todas las restricciones aplicables una vez finalizado el contrato de franquicia.
- 07Realizar todos los esfuerzos razonables para promover, hacer crecer y maximizar la rentabilidad del negocio franquiciado.
- 08Actuar con integridad y honestidad en la gestión de la franquicia.
- 09Actuar de buena fe en todos los tratos con el franquiciador.
Aviso importante
Este Código establece las directrices que la QFA considera buenas prácticas entre franquiciadores y franquiciados. No forma parte de ningún contrato de franquicia ni manual de operaciones, y la QFA no acepta ninguna responsabilidad por el incumplimiento del mismo por cualquiera de las partes. Los posibles franquiciados deben buscar su propio asesoramiento financiero, legal y profesional antes de firmar un contrato de franquicia.
